¿Cómo obtener justicia en Estados Unidos bajo el sistema judicial actual?
Esto lo escucho muy a menudo de todos mis clientes; anhelan tener a su favor la justicia en Estados Unidos. La respuesta no es sencilla y La Real Academia Española, que controla nuestra lengua nativa, la define de la siguiente manera:
“Principio constitucionalmente consagrado como valor superior del ordenamiento jurídico en el que confluyen los de razonabilidad, igualdad, equidad, proporcionalidad, respeto a la legalidad y prohibición de la arbitrariedad, ya que, según los casos, se identifica con alguno de estos otros principios.”
Una persona que necesita justicia en los Estados Unidos desea y/o necesita encontrarla, en un sistema que se ha hecho altamente complejo y de diferentes niveles (dependiendo del tipo, de hechos del caso, de la persona o entidad afectada y de la persona o entidad causante del problema; y donde el problema ha emanado). Este sistema de justicia también tiene que satisfacer los parámetros mencionados anteriormente y poner los mismos en la balanza legal. O sea, determinar si:
- La Constitución de los Estados Unidos se extiende como manto a la persona, o entidad afectada y/u obliga a la persona o entidad causante a cumplir con un deber u obligación legal,
- El juez o jurado que determinaría la probidad en un caso es, o son, razonables,
- Los jueces o jurado proveerían igualdad de derechos entre personas o entidades afectadas y/o personas o entidades causantes del problema,
- Si el juez o jurado que determinaría la justicia en un caso tomaría en consideración la equidad del caso,
- También, si el juez o jurado considerarán la proporcionalidad de castigo y/o de recompensa a una o ambas partes de un caso,
- Y, si el juez o tribunal que determinaría la sentencia en un caso, seguiría la legalidad del mismo y prohibiera la arbitrariedad en dicha determinación.
¿Cómo funciona la justicia en Estados Unidos?
Hay problemas en el sistema legal en los Estados Unidos, que aún hoy día se están tratando de reparar; se encuentran con el determinante de los hechos (tanto sea un juez o un jurado) pues es, al fin y al cabo, un ser humano. Por ende, cada individuo tiene un concepto diferente de razonabilidad, igualdad, equidad, proporcionalidad, legalidad, y/o arbitrariedad, que se han definido o creado en la personalidad de dicho individuo durante su vida.
Por ejemplo, en un caso de homicidio un miembro del jurado pudiese determinar que el crimen ocurrió en defensa propia, mientras que, otro miembro del jurado pudiese determinar que fue un asesinato premeditado. También, diferentes jurados y/o jueces pudiesen estar viciados (sin inclusive darse cuenta, pues pudiese ser una situación automática interna) del concepto de igualdad. Otro ejemplo, fue en el año 2020 donde ocurrieron muchas protestas del público en los Estados Unidos, debido a la percepción de que ciudadanos estadounidenses de la raza negra no han sido tratados por el sistema legal con igualdad.
El concepto de “racismo sistémico” se ha definido en los medios sociales. Esta definición en el sistema legal, se tiene desde el encuentro con un oficial de la policía hasta la culminación de un juicio; donde ciudadanos de la raza negra (y en muchos casos de otras minorías como hispanos, asiáticos, etc.) han sido tratados desigualmente, cuando se compara el proceso o resultado de un caso legal; a diferencia de un caso legal con un ciudadano de raza blanca.
Claro, este racismo sistémico se ha acumulado por muchos años en los Estados Unidos y ha permeado el sistema legal. Este problema también empapa los conceptos de arbitrariedad y equidad. No solo este tipo de problema, sino múltiples otros.
Otros factores a considerar
También pasa que, en un caso de daños y perjuicios contra una compañía comercial, un juez o un miembro de un jurado pudiese ser arbitrario; si es una compañía que le agrada al juez o miembro del jurado, en un caso específico; en vez de analizar con detalle los aspectos de legalidad que le aplicarían a dicha compañía.
Por último, está el factor de legalidad, el cual es uno de los más complejos bajo el sistema legal de los Estados Unidos. Esto ocurre debido a una multitud de material legal y de cortes, tanto de niveles judiciales que, hace difícil incluir este concepto en la base de justicia.
En Estados Unidos hay dos niveles judiciales
a) El estatal (que también se expande a cada uno de los cincuenta estados de los Estados Unidos [y de forma diferente] y también para cada uno de los territorios y estados asociados, como Puerto Rico), y
b) El federal (que cubre a todos los Estados Unidos y territorios).
Para hacerlo todo más complejo, cada uno de dichos niveles judiciales no se supone que interfiera con el otro (aunque el federal tiene supremacía sobre los estados en ciertas áreas). También, cada uno de los niveles tiene sus cortes separadas y niveles de cortes. Por ejemplo, en el nivel estatal de la Florida, se encuentran las «de circuito» (que a su vez, se dividen en tribunales civiles; que incluyen casos de relaciones domésticas, sucesiones, de accidentes, etc. y de justicia criminal), están las de «condado», las de «reclamaciones menores», las «administrativas», entre otras.
También existen las «apelativas» más la Corte Suprema de justicia de los Estados Unidos y cortes supremas para cada estado. Al mismo tiempo, en el nivel federal, también existen las «federales para casos civiles y casos criminales»; incluyendo casos de quiebra (como ejemplo) y tribunales de inmigración, como otro ejemplo.
En cada una de las cortes, tanto estatales como federales les sigue:
(a) Reglas de proceso: son diferentes en cada nivel de tribunal federal y estatal, más reglas de proceso apelativas federales y estatales que, igualmente son distintas. O sea, que hay una miríada de reglas federales, estatales, e inclusive locales y dichas reglas pudiesen cambiar en cualquier momento, más
(b) Estatutos emitidos por la legislatura federal, más estatutos emitidos por las legislaturas de cada uno de los 50 estados y territorios, tanto como Puerto Rico: para hacer todo un poco más complejo, Puerto Rico y el Estado de Luisiana (en inglés, Louisiana) siguen un tipo de ley derivada de ley española el cual le dicen “Ley Civil” y, de hecho, en Puerto Rico se hacen documentos legales todavía en el idioma Español y se ventilan audiencias en el idioma Español.
(c) Jurisprudencia: estos son casos de otras personas y/o entidades del pasado que han llegado a ventilarse en cortes apelativas, resultando en decisiones judiciales por escrito que “interpretan” estatutos y/o reglas legales y que, entonces, dichas decisiones escritas también se convierten en ley. El problema que existe con esta jurisprudencia es que es cambiante. Es decir, una decisión escrita en un mes pudiese no ser válida el próximo, por ejemplo.
El trabajo del abogado no es tan fácil: debe de revisar los hechos de un caso con detalle, aplicar los hechos de ese caso a cada uno de los factores de justicia mencionados anteriormente, y convencer al juez o miembro del jurado que aplique(n) los factores a los hechos de su cliente; también, estar seguro de seguir cada regla de proceso para cada corte específica en cada estado (o federal, si es el caso) más, tener la jurisprudencia que aplica al caso al corriente, tener los estatutos que aplican al caso del cliente al corriente.
Lograr la equidad en los casos y fallar a favor
El trabajo del abogado entonces, con la ayuda del cliente y de la evidencia que existe en su caso es, presentar todos los hechos en el caso del representado, dentro de los marcos reflejados anteriormente; para tratar de obtener el mejor resultado legal y quizás, sea lo que el representado percibe como justicia para sí mismo (a).
Aunque el concepto nunca esté completamente claro y, continúe un poco amorfo, un servidor estará siempre dispuesto a procesar el caso de su apoderado; aplicando todos los factores y herramientas mencionados anteriormente para hacer todo lo posible de obtener los mejores resultados justos para su protegido.
Si busca un abogado seguro y con experiencia, estamos dispuestos a brindarle soluciones legales en nuestra oficina en Orlando de Alejandro R. Lopez en las áreas de accidentes, relaciones domésticas (divorcios, paternidad, relaciones paternofiliales, patria potestad, pensión alimenticia [child support], modificaciones, entre otras), inmigración (visas, asilos, procesos de residencia permanente, naturalización, etc.), y casos de sucesiones. Nos puede encontrar en:
Law Office of Alejandro R. Lopez, P.A. 4465 Edgewater Dr., Suite A Orlando, Fla. 32804 Tel.: (407) 649-1404.
La manera más rápida de contactarnos sería a nuestros correos electrónicos: [email protected] y [email protected]
Contáctenos para determinar si podemos ayudarle a obtener justicia para usted.
Por: Abogado Alejandro R. Lopez