¿Qué es y cómo funciona el sistema de inmigración de Estados Unidos?
Con mucha complejidad y, en este artículo se tratará de definir el sistema de inmigración de los Estados Unidos lo mejor posible.
En Estados Unidos (tanto dentro como fuera) existen múltiples agencias, servicios, departamentos, legislaturas, rama ejecutiva y cortes, que influyen altamente el proceso y/o resultado de un caso de inmigrantes. Aquí mencionamos algunas de los/las mismas para su atención:
El U.S.C.I.S.
O “United States Citizenship and Immigration Services” o “Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. Donde usted puede ver más información acerca de dicha agencia en su eslabón de internet en: https://www.uscis.gov
El U.S.I.C.E.
“United States Immigration and Customs Enforcement” o “Aplicación de Inmigración y Aduanas de los Estados Unidos”. Usted puede ver más información acerca de dicha agencia en su eslabón de internet en: https://www.ice.gov
El U.S.D.H.S.
O “United States Department of Homeland Security” o “Departamento de Seguridad Casera de los Estados Unidos”. Más información acerca de dicha agencia en su eslabón de internet en: https://dhs.gov/about-dhs
El U.S.D.S.
“United States Department of State” o “Departamento de Estado de los Estados Unidos. Más información acerca de dicha agencia en su eslabón de internet en: https://state.gov
El U.S.C.B.P.
Conocido también como “United States Customs and Border Protection” o “Departamento de Protección de Fronteras y Aduanas de los Estados Unidos”. Podrá encontrar más información de dicha agencia en su eslabón de internet en: https://www.cbp.gov. Esta es una rama del Departamento de Seguridad Casera de los Estados Unidos mencionado anteriormente.
El U.S.N.V.C.
También, “United States National Visa Center” o “Centro de Visas de los Estados Unidos”. Esta es una rama del Departamento de Estado de los Estados Unidos (mencionado anteriormente). Puede ver más información en: https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/immigrate/national-visa-center.html
El U.S.D.L.
“United States Department of Labor” o “Departamento de Labor de los Estados Unidos”). Puede ver más información en: https://www.dol.gov
El U.S.E.O.I.R.
“United States Executive Office of Immigration Review” o “Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración de los Estados Unidos”. Hay más información en cuanto a esta oficina en: https://www.justice.gov/eoir
El U.S.B.I.A.
Se conoce como “United States Board of Immigration Appeals” o “Buró de Apelaciones de Inmigración de los Estados Unidos. Más información en cuanto a este buró en: https://www.justice.gov/eoir/board-of-immigration-appeals
El U.S.D.O.J.
Conocido como “United States Department of Justice” o “Departamento de Justicia de los Estados Unidos”). Ver más información de este departamento en: https://www.justice.gov
Bastantes agencias y servicios ¿verdad? Todos están interconectados y dependientes del trabajo de uno con el otro, lo cual hace que los procesos inmigratorios a veces se demoran y se hacen complejos.
Sobre las agencias, departamentos y oficinas del sistema de inmigración
No podemos detallar o establecer las relaciones complejas existentes entre las agencias y servicios inmigratorios de los Estados Unidos que mencionamos anteriormente, pero trataremos de delinear qué tratan cada uno.
El U.S.C.I.S.
“United States Citizenship and Immigration Services” o “Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos): Esta es una rama del Departamento de Seguridad Casera que mencionamos debajo. Después del evento del Septiembre 11, 2001 en los Estados Unidos, lo que se llamaba antes “U.S.I.N.S.” o “United States Immigration and Naturalization Services” o “Servicios de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos” dejó de existir; y, en su lugar, se creó el U.S.C.I.S. bajo el manto del Departamento de Seguridad Casera que mencionamos debajo.
Esta agencia del sistema de inmigración está a cargo de procesar aplicaciones para visas de trabajo, asilos, y ciudadanías, entre otros. Por ejemplo, una aplicación de asilo se envía a U.S.C.I.S., cuyos agentes hacen una entrevista del aplicante. Si éste no pasa la entrevista, entonces el caso es remitido a la corte de inmigración para decisión judicial; pero a la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (o E.O.I.R., mencionada más abajo).
El U.S.I.C.E.
“United States Immigration and Customs Enforcement” o “Aplicación de Inmigración y Aduanas de los Estados Unidos”). Digamos que esta es la rama policial inmigratoria. Tiene oficiales que deben enforzar ordenes de deportación, arrestar personas que se encuentran sin documentos o status inmigratorio en los Estados Unidos, prevenir el movimiento ilegal de personas y/o mercancías dentro de los Estados Unidos
Esta rama tiene, por lo menos, cuatro sub-ramas (o director a dos operacionales) llamadas:
- “H.S.I.” (o “Homeland Security Investigations” o “Investigaciones de Seguridad Casera”). Esta primera sub-rama es responsable por investigar, romper, desmantelar organizaciones criminales transnacionales y organizaciones terroristas que, intentan o amenazan las leyes inmigratorias y/o aduanales de los Estados Unidos.
- “E.R.O.” (o “Enforcement and Removal Operations” o “Operaciones de Enforce y Eliminación»). Este directorado está dedicado a atacar amenazas públicas, como personas indocumentadas que son criminales o personas que han vuelto a entrar a los Estados Unidos, después de haber sido deportadas; tanto como al arresto de fugitivos extranjeros que son buscados por crímenes en los Estados Unidos.
- “M & A” (o “Management and Administration” o “Administración”). Esta rama provee contribuciones importantes a la infraestructura del U.S.C.I.S. y mantiene el presupuesto, contabilidad y finanzas para apoyar a la agencia y, finalmente
- “O.P.L.A.” (o “Office of the Principal Legal Advisor” o “Oficina del Consejero Legal Principal”). Es la más grande del U.S.I.C.E. y se compone de más de 1,100 abogados que son fiscales delante de la corte inmigratoria del E.O.I.R. (mencionado debajo) para tratar de procesar indocumentados en Corte.
Sus oficiales se identifican en público, aeropuertos y puertos, por sus siglas en los uniformes de: “I.C.E.” o “H.S.I.”, por ejemplo.
El U.S.D.H.S.
El “United States Department of Homeland Security” o “Departamento de Seguridad Casera de los Estados Unidos”). La misión del D.H.S. es proteger a los Estados Unidos de diferentes amenazas en su contra, desde inmigración ilegal hasta aviación, seguridad de fronteras, entre otras actividades.
El U.S.D.S.
“United States Department of State” o “Departamento de Estado de los Estados Unidos). Este departamento se dedica, en parte, a supervisar y crear embajadas y consulados de Estados Unidos en el extranjero, proveer pasaportes, y proveer visas a extranjeros. O sea, si U.S.C.I.S. aprueba un caso de visas, entonces el Departamento de Estado está a cargo de proveerlas al extranjero.
El U.S.C.B.P.
“United States Customs and Border Protection” o “Departamento de Protección de Fronteras y Aduanas de los Estados Unidos”). Esta es una rama del Departamento de Seguridad Casera de los Estados Unidos mencionado anteriormente. Básicamente hablando, son las patrullas fronterizas que están a cargo de interceptar personas y/o mercancías que estén entrando ilegales a los Estados Unidos. Sus oficiales se pueden identificar en aeropuertos de E.E.U.U. por las siglas en sus uniformes de: “C.B.P.”.
El U.S.N.V.C.
“United States National Visa Center” o “Centro de Visas de los Estados Unidos”). Esta es una rama del Departamento de Estado de los Estados Unidos (mencionado anteriormente). Este centro está sumamente interconectado con U.S.C.I.S. (que menciono anteriormente) pues, una vez U.S.C.I.S. aprueba la petición o aplicación de un inmigrante pidiendo una visa, U.S.C.I.S. le envía la petición del inmigrante al “National Visa Center” para procesarla en el momento adecuado.
El U.S.D.L.
“United States Department of Labor” o “Departamento de Labor de los Estados Unidos”). Una persona diría: ¿Qué tiene que ver el Departamento de Labor de los Estados Unidos con esto?”. La respuesta es que tienen que ver mucho, con visas de trabajo. Por ejemplo, algunas de estas autorizaciones requieren una Certificación Laboral del Departamento de Estado. Esas son visas de trabajo que, U.S.C.I.S. requiere y de dicho departamento.
El U.S.E.O.I.R.
“United States Executive Office of Immigration Review” o “Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración de los Estados Unidos”). Básicamente, esta es una rama del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (que menciono debajo). Incluye el Buró de Apelaciones de Inmigración que se menciona luego, tanto como una red de cortes de inmigración y jueces.
Tienen unas reglas bastantes estrictas, en cómo presentar y/o defender un caso cuando la persona ha sido puesta en un proceso de deportación. En dichas cortes, aparecen los abogados del Departamento de Seguridad Casera (D.H.S.), como fiscales para procesar aquellas personas que U.S.C.I.S. ha puesto en proceso de deportación. Se llevan a cabo múltiples juicios diarios.
El U.S.B.I.A.
“United States Board of Immigration Appeals” o “Buró de Apelaciones de Inmigración de los Estados Unidos). Cuando la corte de inmigración del E.O.I.R. entra una orden judicial o sentencia en un caso, tanto el Departamento de Seguridad Casera (D.H.S.) o la persona inmigrante, tienen el derecho de apelar la decisión. El cuerpo apelativo que rige dichas apelaciones es el Buró de Apelaciones de Inmigración de los Estados Unidos.
El U.S.D.O.J.
“United States Department of Justice” o “Departamento de Justicia de los Estados Unidos”). Básicamente las cortes federales de los E.E.U.U., sus fiscales, sus oficinas. Están a cargo de enforzar las leyes federales dentro del sistema de inmigración. No solamente inmigratorias, sino también otras leyes relacionadas a crímenes o comportamientos ilegales, no solo de inmigrantes sino también, de ciudadanos estadounidenses y/o residentes legales de los Estados Unidos. Supervisan a las cortes de E.O.I.R. que menciono anteriormente.
Abogados especialistas en el sistema de inmigración estadounidense
Como usted puede ver, las leyes inmigratorias se llevan a cabo a través de múltiples agencias y servicios, no estrictamente de una agencia u oficina central. Se hace muy complejo, inclusive para un abogado de inmigración. Siempre recomendamos a que obtenga a un abogado que represente sus intereses en su caso relacionado al estatus migratorio. Si desea nuestros servicios nos puede encontrar en:
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