¿Cómo gestionar la Child Support en La Florida y qué debo hacer?
Sobre la Child Support en La Florida, es una pregunta que muchos clientes me han hecho y hay muchas más. Su situación casi siempre ocurre, y la pregunta casi siempre emana del padre de las criaturas, cuando el padre está separado de la madre del menor o menores de edad dependientes del padre, bajo la ley de la Florida.
Dicha ley provee que, un hijo o hija (o hijos o hijas) son dependientes de sus padre y madre si tienen menos de 18 años. También, un hijo o hija pudiese tener más de 18 años, pero si dicho hijo o hija quedó discapacitado (a) de por vida y nunca puede trabajar para ganar su sustento, y/o no tiene un ingreso para poder mantenerse, entonces el padre y la madre deben seguir manteniendo dicho hijo o hija por el resto de su vida.
Entonces, la ley de la Florida provee que una vez el padre y la madre no viven juntos, que el padre (en nuestro ejemplo) debe pagarle a la madre por el sustento, apoyo y pensión alimenticia de un menor que tengan en común. Aunque esto suena ser simple, hay factores que complican si se debe pagar, cuánto, de qué forma, etc.
¿Existe la Pensión alimenticia retroactiva?
Un estatuto que ayuda a analizar el periodo de tiempo que la ley consideraría, si hubiese un caso de Child Support en La Florida o pensión alimenticia abierto, en contra del padre pidiendo retroactividad, sería el 61.30(17); que explica (en su traducción al español) como sigue:
“En una determinación inicial de pensión alimenticia, así sea en una demanda de paternidad, divorcio, o petición por pensión alimenticia durante un matrimonio, la corte tiene discreción de dar pensión alimenticia retroactiva a la fecha cuando ambos, el padre y la madre, no residían juntos en la misma casa con el menor, no excediendo un periodo de 24 meses precedente al registro de la petición, no importa si esa fecha precede el registro de la petición.”
Esta ley cambió hace unos años para prevenir, por ejemplo, que una madre apareciera cuando el menor (ejemplo), tuviese 17 años y pidiese al padre pensión alimenticia retroactiva a la fecha del nacimiento (o sea, por 17 años); lo cual era injusto para el padre, especialmente en un caso de paternidad cuando el padre a veces ni siquiera sabía que el menor había nacido y/o que existía.
Entonces, aplicando esa ley, digamos, que un menor nació en el año 2004, pero la madre y el padre se separaron físicamente en el año 2017 y la madre registró un caso en contra del padre en Corte en Noviembre 1ro, 2023.
En consecuencia, la madre solo pudiese pedir pensión alimenticia retroactiva del padre por 24 meses atrás de noviembre 1, 2023; o sea, desde Noviembre 1ro, 2021 hasta la fecha de juicio o que el caso culmine.
¿Qué hacer para que ese retroactivo no exista o quizás, no sea muy alto?
Pues, de la Child Support en La Florida, la Ley es muy clara en su estatuto 61.30 y explica cómo se calcula la pensión alimenticia. El cálculo pudiese ser complejo. Por ende, un padre que se separe de la madre debería de pasarle a la madre por lo menos, cierta cantidad mensual en dinero para la manutención del menor de edad; y, GUARDAR RELIGIOSAMENTE LAS PRUEBAS DE DICHOS PAGOS.
No tienen que ser necesariamente lo que indican los cálculos matemáticos bajo la ley, aunque sería fantástico si usando ingresos de ambas partes se pudiese calcular la cantidad.
Siempre aconsejo que dichos pagos NO SEAN en cash o efectivo. Preferiblemente en forma de cheque, que digan en el memorándum “Child Support for: ______” y el nombre del menor o menores en dicho memorándum. Y, también guardar copias de dichos cheques canjeados por delante y por detrás, como evidencia si un caso se registra en Corte.
Estos serían usados como evidencia en un caso en Corte por pensión alimenticia y ayudarían al padre muchísimo. No recomiendo giros postales (o sea: money orders) pues, no existe prueba que la madre recibió el giro postal y/o usó el dinero. No recomiendo cash (a menos que la madre le provea un recibo fechado y reflejando que diga “child support” con el nombre del menor o menores).
A veces mis clientes pagan haciendo transferencias a una cuenta bancaria de la madre (de banco a banco) pero, tampoco es de mi agrado, pues las declaraciones bancarias se pudiesen excluir de evidencia en Corte y no ser admisibles.
Entonces, ¿Puedo ponerme en Child Support?
Por lo anterior dicho, hay padres que me llaman diciendo que quieren “ponerse en child support”. O sea, que quieren ir a las oficinas del Departamento de Rentas Internas (o State of Florida’s Department of Revenue, Child Support Enforcement Program). Dicha entidad es parecida a la agencia de A.S.U.M.E. en Puerto Rico, por ejemplo.
Estas entidades están en todos los estados y tienen como misiva y labor, establecer órdenes y sentencias por Corte de pensión alimenticia en contra de padres de menores. Los padres me explican que, de dicha forma, “demuestran que son responsables por sus hijos”. NO HAGA ESO.
Una vez que existe una orden judicial o sentencia por Corte, usted tendría la obligación fijada y legal de hacer los pagos ordenados; y, de no hacerlos, corre usted peligro de cárcel, de que su licencia de conducir de la Florida sea suspendida, que su pasaporte se le cancele, entre otras formas para enforzar la orden o sentencia.
¿Por qué hacer eso cuando puede el padre proveer y pagar por una pensión alimenticia voluntariamente? y, sin tener que ponerse en la proverbial “boca del león”, sometiéndose a tener una orden o sentencia judicial ordenándole que haga los pagos de pensión alimenticia.
Ante las dudas, contactar con una oficina legal en Orlando
También hemos visto casos de Child Support en La Florida, en que el padre no sabe si pagarle a la madre o no por el menor de edad, pues el padre no sabe a ciencia cierta si el menor (o la menor) es su hijo (o hija) biológico (a). ¿Qué hacer en esos momentos? ¿Pagarle algo a la madre después de la separación sin saber si es el padre o no?
Es una respuesta difícil de dar pues, de salir una prueba de sangre (o A.D.N.) positiva (en la Florida solo se requiere que sea 95% probabilidad de paternidad, pero hoy en día las pruebas de A.D.N. salen con un 99.99% y no un 100% pues, un 1% de errores matemáticos se incluye) se darían crédito por los pagos hechos en los 24 meses antes de la petición, como hablamos anteriormente.
Pero ¿y si la prueba de A.D.N. sale negativa y el supuesto “padre” le ha pagado a la madre manutención o pensión alimenticia por un menor que, después resulta ser no ser su hijo o hija de sangre? La respuesta es que ese dinero NO SERÍA RE-EMBOLSADO AL PADRE.
Si tiene preguntas de Child Support en La Florida / pensión alimenticia o de paternidad, en relación con un menor de edad, nos puede contactar a:
Abogado Alejandro R. Lopez
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