¿Cómo aplicar para una renovación o extensión del permiso de trabajo?
Muchos de ustedes, estimados lectores, tienen el conocimiento de que, mientras sus peticiones están pendientes en inmigración de los E.E.U.U. (en ciertos casos) para la resolución final, el gobierno provee los llamados “permisos de trabajo” (en Ingles: “Employment Authorization Document” y la traducción al español: “Documento de Autorización de Empleo”) al aplicante en el ínterin que dicho caso, es resuelto.
Por ejemplo, en un caso de asilo que esté pendiente, se registra con el gobierno el formulario I-765 para aplicar a la extensión del permiso de trabajo mientras que, en el caso de asilo, se resuelve. Claro, dichas autorizaciones tienen que ser “renovadas” pues, tienen fecha de expiración.
Extensión automática de permiso de trabajo de USCIS (United States Citizenship and Immigration Services)
Debido a atrasos financieros y causados por la pandemia del COVID-19, la agencia de U.S.C.I.S., a cargo de renovar las autorizaciones, se atrasó en procesar y proveer renovaciones de permisos de trabajo por los cuales muchas personas habían aplicado.
Esto causó que muchas personas perdieran sus empleos e ingresos, si el patrono o empleador revisaba la documentación y notaba una fecha de expiración, pero ningún documento reflejando la renovación del permiso. En este articulo me referiré al permiso de trabajo como EAD, que son las siglas que usa U.S.C.I.S. para referirse al mismo (o sea, las siglas para “Employment Authorization Document”).
El 4 de mayo, 2022, la agencia de U.S.C.I.S. emitió un memorándum y regla extendiendo los EAD’s, si el aplicante aplicó para la extensión del permiso de trabajo antes de la fecha de expiración de su EAD. Entonces, es de suma importancia que el empleador o patrono entienda que, en ciertos casos, dicho EAD ha sido extendido automáticamente.
Lista de casos. Extensiones de permisos de trabajos vencidos
U.S.C.I.S. tiene en su enlace de internet, un artículo delineando los parámetros de dichas extensiones automáticas. Debe entonces, estimado lector, leer dicho artículo con calma y detalle pues pudiese ser un tanto confuso, pues también incluye una lista de los casos a los cuales la extensión del permiso de trabajo de U.S.C.I.S. aplicaría automáticamente; visas a las cuales también aplicaría, etc.
El periodo de tiempo de la «extensión del permiso de trabajo» sería “hasta” 540 días. O sea, aunque normalmente el periodo de extensión automática a partir de la fecha de vencimiento que refleja la tarjeta de permiso de trabajo es de 180 días; regla final temporal del Departamento de Seguridad Casera (Department of Homeland Security).
Si usted presenta una solicitud de renovación del Formulario I-765 el 4 de mayo, 2022 o después de esa fecha, entonces U.S.C.I.S. le enviará un recibo (número I-797C) notificando la prolongación automática de hasta 540 días. Por consiguiente, si usted es elegible, entonces:
- Esa notificación por escrito (I-797C), junto con
- Su permiso de trabajo (Employment Authorization Document o E.A.D.) vencido, más
- Su formulario I-94 vigente, y si usted es un cónyuge independiente bajo una H-4, E, o L-2, incluidas en las clases de códigos de admisión E-1S, E-2S, E-3S, y L-2S),
Servirían como prueba aceptable para un empleador de que, usted tiene autorización de empleo y que su permiso de trabajo (E.A.D.) es válido durante el período de ampliación automática de hasta 540 días.
Renovación de la extensión
Ahora, si en su caso usted solicitó su renovación de la extensión del permiso de trabajo (E.A.D.) de 180 días, pero su permiso se venció antes del 4 de mayo del 2022, todavía puede recibir el aumento temporal del periodo de tiempo de la extensión automática de hasta 540 días, por el tiempo restante del periodo otorgado.
Los empleadores, en todo caso, tendrían que completar el Formulario I-9 siguiendo la misma guía que aplicaría a los que presenten el recibo o notificación I-797C, indicando que la renovación del Formulario I-765 se presentó antes de mayo 4, del 2022.
Para su conveniencia, aquí un servidor le incluye el enlace o eslabón de internet a la página de español de U.S.C.I.S. que refleja en detalle las instrucciones en cuanto a las extensiones:
https://www.uscis.gov/es/automaticaempleoead
Recuerde que, nuestra oficina trabaja en diferentes casos de inmigración. Nos puede contactar por teléfono o correo electrónico a:
Abogado Alejandro R. Lopez
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